Las Comisiones del Consejo de Administración son constituidas para garantizar la mayor eficacia en el cumplimiento de las funciones que tiene atribuidas.

El Consejo de Administración ordenará su trabajo mediante la constitución de Comisiones que asuman la decisión de determinados asuntos, faciliten la preparación y propuesta de decisión sobre los mismos y refuercen las garantías de objetividad y control en la actividad del Consejo.

Sin perjuicio de la facultad del Consejo para designar otras Comisiones, con facultades delegadas o no, se constituirán en todo caso las siguientes:

 

  • La Comisión Ejecutiva, que tiene el carácter de órgano delegado del Consejo para determinados asuntos y operaciones.
  • La Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo, para el ejercicio de las facultades decisorias y consultivas previstas en este Reglamento.
  • La Comisión de Retribuciones y Nombramientos, para el ejercicio de las facultades de informe y de propuesta previstas en este Reglamento.
  • La Comisión de Inversiones, para el ejercicio de las facultades de informe y de propuesta previstas en este Reglamento.

 

El Consejo fomentará la rotación de Consejeros entre las diversas Comisiones. Los Presidentes de estas Comisiones serán elegidos de entre sus miembros. El funcionamiento de dichas Comisiones se encuentra detallado en el Reglamento del Consejo.

 

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Comisión Ejecutiva

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Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo

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Comisión de Retribuciones y Nombramientos

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Comisión de Inversiones

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